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14 abril 2008

Ministerio de Igualdad

Hoy sale publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 432/2008, de 12 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales. Esto significa que se crean nuevos departamentos y se suprimen otros, como el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que cambia de denominación y competencias.

Centraré mi comentario en dos departamentos de nueva creación: un Ministerio de Igualdad (sic), y una especie de Secretaría o Subsecretaría de Estado para el Cambio Climático…

Para el Ministerio de Igualdad vale adaptar mi comentario de marzo de 2007 sobre la Ley de Igualdad para el caso que nos ocupa:

Lo primero que chirría del nuevo ministerio es el nombre: “Ministerio de Igualdad”. En la tradición escolástica, como ha recordado el profesor Gustavo Bueno (Predicables de la identidad. 1999), la “igualdad” se circunscribía a la cantidad, mientras que la “identidad” tendía a ser circunscrita a la sustancia. El nuevo departamento, entre otras competencias, se centrará en la igualdad de mujeres y hombres por lo que excuso decir el terror pánico que me produce pensar siquiera en la posibilidad de que el gobierno socialista pensara en aplicar medidas eugenésicas con el fin de equiparar el número de mujeres y hombres en la población.

Por otro lado, como también ha recordado el profesor Bueno, habría que tener en cuenta, además, que la igualdad, aun definida en una categoría dada (por ejemplo, la igualdad métrica), requeriría la determinación de los parámetros (igualdad en peso, igualdad en temperatura). Porque la igualdad no es propiamente una relación, sino un conjunto de propiedades que pueden ser poseídas por algunas relaciones. Este conjunto de propiedades suele ser interpretado, a veces, como constando de tres, a saber, la simetría, la transitividad y la reflexividad; tal es el caso de las igualdades fuertes (de las congruencias, por ejemplo); pero consta sólo de dos en el caso de las igualdades débiles (simetría y transitividad, pero no reflexividad), como ocurriría con las relaciones de paralelismo geométrico, interpretada como relación simétrica y transitiva, pero no reflexiva.

En cuanto a la creación de una Subsecretaría de Estado para el Cambio Climático, realmente esta medida parece todo un acierto teniendo en cuenta que actualmente nos encontramos en un periodo interglaciar... No sé, dada la importancia de las materias a tratar se podría haber creado también una Subsecretaría sobre Los Movimientos de Placas Tectónicas, o quizá una Subsecretaría para las Òrbitas de los Planetas del Sistema Solar… Todo esto dejaría sin contenidos al nuevo “superministerio” de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (sic). Propongo la siguiente división de competencias: El Ministerio de “Medio Ambiente” que se dedique a limpiar calles, ríos y montes; y la Subsecretaría para el Cambio Climático puede centrar sus trabajos en aspectos más profundos como son la modificación de los ciclos climáticos, el eje de la Tierra, mareas, y diversos procesos geológicos internos, para los cuales se crearán las oportunas Direcciones Generales…

¡No es esto, no es esto!

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